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¿Tienes un crédito bancario? Gobierno habilita hasta seis meses sin pagos debido a los bloqueos, pero hay una condición

POR DANIELA CARDENAS

6/15/2026

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El Decreto Supremo 5630 permite refinanciar y reprogramar créditos para prestatarios afectados por conflictos sociales y bloqueos. La medida incluye periodos de gracia de hasta seis meses, aunque los intereses acumulados deberán ser pagados posteriormente.

Miles de prestatarios en Bolivia podrán acceder a la reprogramación o refinanciamiento de sus créditos tras la promulgación del Decreto Supremo 5630, una medida con la que el Gobierno busca aliviar la situación financiera de personas y sectores productivos afectados por los bloqueos de carreteras y otros eventos adversos que redujeron sus ingresos.

La norma, publicada en la Gaceta Oficial y anunciada por el presidente Rodrigo Paz, instruye a las entidades financieras y empresas de arrendamiento financiero a evaluar solicitudes de refinanciamiento y reprogramación de créditos de clientes cuya capacidad de pago se haya visto afectada por conflictos sociales, bloqueos o circunstancias económicas extraordinarias.

“Se ha decidido a través del gabinete el decreto para la reprogramación de deudas en todo el país”, afirmó el mandatario al presentar la medida.

¿Quiénes podrán acceder al beneficio?

El Decreto Supremo establece que el beneficio será otorgado a prestatarios que voluntariamente soliciten una reprogramación o refinanciamiento y demuestren que sus ingresos fueron afectados por bloqueos, conflictos sociales o eventos adversos que impactaron negativamente en su economía.

Las entidades financieras deberán analizar cada caso de manera individual, considerando la situación económica real del cliente y su capacidad de pago.

La medida está dirigida tanto a personas naturales como a pequeños negocios, comerciantes, productores, transportistas y otros sectores que enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones financieras debido a la paralización de actividades económicas.

Hasta seis meses sin pagar cuotas

Uno de los aspectos más importantes de la norma es la posibilidad de acceder a un periodo de gracia de hasta seis meses.

Durante ese tiempo, el prestatario no estará obligado a pagar capital, intereses, seguros, comisiones ni otros cargos relacionados con el crédito refinanciado o reprogramado.

El objetivo es otorgar un margen de recuperación económica para que las familias y sectores productivos puedan reorganizar sus finanzas antes de retomar los pagos.

Asimismo, el decreto permite incorporar prórrogas y otras medidas de alivio que faciliten el cumplimiento futuro de las obligaciones crediticias.

La condición: la deuda no desaparece

Aunque el anuncio fue recibido positivamente por distintos sectores, existe preocupación respecto al impacto financiero que podría generarse una vez concluido el periodo de gracia.

La norma establece que los intereses, seguros y demás cargos que no sean cancelados durante los meses de suspensión deberán ser cobrados posteriormente por las entidades financieras.

Esto significa que dichos montos podrán incorporarse a las cuotas futuras o compensarse mediante una ampliación del plazo original del crédito.

Además, la tasa de interés pactada inicialmente deberá mantenerse sin modificaciones, por lo que el beneficio representa un alivio temporal de liquidez, pero no una condonación de la deuda.

Sectores respaldan la medida, pero piden garantías

Diversas organizaciones sociales y sectores productivos coincidieron en valorar la iniciativa gubernamental, aunque advirtieron que el mecanismo debe aplicarse con transparencia para evitar que los prestatarios terminen enfrentando una carga financiera mayor cuando concluya el periodo de gracia.

La principal preocupación radica en la acumulación de intereses durante los meses de suspensión y en la forma en que estos serán redistribuidos dentro de los nuevos cronogramas de pago.

Por ello, varios sectores solicitaron que las entidades financieras expliquen claramente las condiciones de cada refinanciamiento antes de que los clientes suscriban nuevos acuerdos.

Bancos deberán agilizar los trámites

El artículo 4 del Decreto Supremo 5630 establece que las entidades financieras deberán adecuar sus procesos internos para atender de manera rápida, ágil y eficiente las solicitudes de refinanciamiento y reprogramación.

La norma incluso autoriza el uso de herramientas tecnológicas y canales digitales para facilitar la atención a los clientes y acelerar los procesos de evaluación.

ASFI supervisará el cumplimiento

El control y fiscalización de la medida estará a cargo de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), que deberá verificar que las entidades financieras cumplan con las disposiciones establecidas en el decreto.

La entidad también será responsable de supervisar que las solicitudes sean atendidas bajo criterios de transparencia y en apego a la normativa vigente.

Una respuesta a la crisis económica provocada por los bloqueos

La aprobación del Decreto Supremo 5630 se produce en un contexto de creciente presión sobre la economía nacional debido a los bloqueos registrados en diferentes regiones del país.

Empresarios, transportistas, comerciantes y productores han reportado pérdidas económicas, dificultades logísticas y una reducción significativa en sus ingresos durante las últimas semanas.

En La Paz, algunas medidas de presión ya superan los 40 días de duración, afectando el abastecimiento, la actividad comercial y la capacidad de miles de ciudadanos para cumplir con sus obligaciones financieras.

Con esta medida, el Gobierno busca evitar un incremento de la mora bancaria y ofrecer un alivio temporal a los sectores más afectados por la paralización económica.

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