El Gobierno promulgó el Decreto Supremo 5654, que modifica el régimen de descuentos por planilla para los servidores públicos del nivel central del Estado, con el objetivo de limitar las retenciones únicamente a los casos previstos por la normativa.
A partir de la entrada en vigencia del decreto, solo podrán efectuarse descuentos por aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo, Régimen Complementario al IVA (RC-IVA), retenciones judiciales por asistencia familiar, faltas, atrasos y sanciones administrativas, y recuperaciones de recursos a favor del Estado por cobros indebidos. Todos los demás descuentos por planilla deberán quedar sin efecto.
La disposición también alcanza a los jubilados del Sistema de Reparto, administrado por el SENASIR. En estos casos, solo podrán aplicarse descuentos por seguridad social de corto plazo, asistencia familiar, recuperación de cobros indebidos y convenios con entidades públicas del nivel central.
Además, el decreto establece que los aportes voluntarios ya no podrán descontarse automáticamente por planilla. Quienes deseen realizarlos deberán autorizar expresamente el débito desde su cuenta bancaria, autorización que podrá ser revocada por el titular.
La norma también permite que gobernaciones y alcaldías adopten medidas similares dentro de sus competencias, aunque excluye de su aplicación a las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana. Asimismo, abroga y deroga parcialmente varios decretos emitidos entre 1995 y 2009 para actualizar el régimen de descuentos en el sector público.



