En una nueva edición de Situación Legal, analizamos un tema que genera muchas dudas: ¿es posible estar obligado a pagar asistencia familiar por un hijo con el que no existe un vínculo biológico?
El abogado Edson Foronda explicó que, en Bolivia, cuando una persona figura legalmente como padre debido a la filiación establecida por la normativa vigente, puede estar obligada a cumplir con el pago de la asistencia familiar mientras esa filiación no sea modificada por la vía judicial.
El especialista señaló que la ley establece un plazo de cinco años para impugnar la filiación y presentar las pruebas correspondientes que demuestren la inexistencia del vínculo biológico. Si ese plazo transcurre sin que se promueva la acción legal, la filiación se consolida jurídicamente y la obligación de asistencia familiar se mantiene, conforme a lo que determine la autoridad competente.
Foronda aclaró que cada caso debe ser analizado de manera individual y resuelto dentro del procedimiento judicial correspondiente, tomando en cuenta las pruebas y el interés superior del menor.


