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Gobierno estableció vigencia indefinida para certificados de idiomas oficiales y amplió opciones de certificación

POR ADRIANA ARIAS

03/09/2026

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El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5688, que establece que las certificaciones de idiomas oficiales tendrán vigencia indefinida y ya no requerirán renovación, convalidación ni la obtención de un certificado adicional.

Uno de los principales cambios es que las certificaciones emitidas por instituciones legalmente habilitadas tendrán vigencia indefinida, por lo que quienes ya cuentan con este documento no deberán realizar renovaciones periódicas.

Asimismo, los certificados emitidos antes de la vigencia del nuevo decreto conservarán su validez, siempre que hayan sido otorgados por instituciones legalmente habilitadas.

La nueva normativa establece que la enseñanza de los idiomas oficiales podrá ser impartida por instituciones fiscales, de convenio, privadas y de régimen especial de Educación Superior y Educación Alternativa.

Estas instituciones deberán contar con planes y programas de estudio evaluados por el Instituto Plurinacional de Estudio de Lenguas y Culturas (IPELC) y contar con la autorización correspondiente del Ministerio de Educación.

Las universidades públicas autónomas también podrán impartir la enseñanza de idiomas oficiales y adecuar sus programas a los contenidos establecidos por el IPELC.

Con el nuevo decreto, las certificaciones dejan de estar sujetas a un esquema de renovación periódica. La norma establece que no será necesario obtener un certificado adicional ni realizar una convalidación para mantener su vigencia.

El cambio modifica el sistema establecido por el Decreto Supremo 4566 de 2021, que implementó el Certificado Único de Idiomas Oficiales y establecía la actualización periódica de los conocimientos lingüísticos.

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