España pondrá en marcha el próximo 1 de diciembre de 2026 una nueva modalidad de baja laboral para mujeres que padezcan problemas de salud incapacitantes asociados a la menopausia. La medida contempla una prestación económica desde el segundo día de ausencia y elimina la exigencia de contar con un período mínimo de cotización para acceder al beneficio.
La reforma fue aprobada por el Gobierno español el pasado 20 de octubre y busca ampliar la protección de las trabajadoras frente a afecciones que pueden dificultar o impedir temporalmente el desarrollo de sus actividades laborales.
Sin embargo, el beneficio no estará disponible automáticamente para todas las mujeres que atraviesen la menopausia. Será necesario contar con un diagnóstico médico que confirme una patología vinculada a un trastorno menopáusico secundario y que esta tenga consecuencias incapacitantes para el desempeño laboral.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, destacó el alcance de la iniciativa durante la presentación de la reforma. Según explicó, más de 10,5 millones de mujeres están afiliadas a la Seguridad Social y la nueva regulación busca atender situaciones de salud que hasta ahora no contaban con una protección específica.
España amplía la protección laboral de las mujeres
La iniciativa se suma a otra medida adoptada por España en 2023, cuando incorporó una baja médica específica para los casos de menstruación incapacitante.
Con esta nueva regulación, el país amplía las situaciones de salud femenina contempladas dentro de su sistema de protección laboral.
En otros países europeos todavía no existe una prestación específica equivalente para las afecciones incapacitantes vinculadas a la menopausia. Alemania, Italia, Grecia, Portugal y Turquía no cuentan con una regulación diferenciada de estas características.
En Alemania y Portugal, por ejemplo, las trabajadoras pueden recurrir a una baja por enfermedad común cuando sus síntomas les impiden desempeñar sus funciones, pero no disponen de un régimen particular asociado a la menopausia.
La decisión española incorpora así una nueva categoría de protección social y pone de relieve la necesidad de contemplar las consecuencias laborales que pueden tener determinadas condiciones de salud durante esta etapa de la vida.








