Contratos anteriores a la flexibilización deberán respetar el tipo de cambio de Bs 6,96

POR BOLIVISIÓN

30/10/2026

Resolución Ministerial 416 establece que la flexibilización del tipo de cambio no tiene efecto retroactivo.

La Resolución Ministerial 416 establece disposiciones para los contratos suscritos antes de la aplicación del nuevo régimen cambiario, que entró en vigencia el 26 de junio de 2026.

La diputada nacional Glenda Aguilar explicó que estos acuerdos deben respetar las condiciones pactadas bajo el anterior tipo de cambio de Bs 6,96 por dólar.

La norma fue emitida para aclarar la aplicación de la Resolución Ministerial 245 y su alcance respecto a las operaciones anteriores a la flexibilización.

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